CNMV, Comunicado al sector sobre la entrada en aplicación del reglamento MICA: periodo transitorio y obligaciones de notificación a la CNMV contempladas en el Título II, diciembre 2024. La CNMV ha emitido un comunicado advirtiendo de la entrada en vigor, el próximo 30 de diciembre de 2024, del Reglamento (UE) 2023/1114 de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA, por sus siglas en inglés).

Este comunicado de la CNMV tiene la finalidad de aclarar dos cuestiones relevantes para el sector. Por un lado, con relación a la aplicación del periodo transitorio en España respecto a la prestación de servicios de criptoactivos, de conformidad con el artículo 142.3 del Reglamento MiCA, España ha decidido reducir este periodo a 12 meses. Por lo tanto, dicho periodo finalizará el 30 de diciembre de 2025. Asimismo, la CNMV recuerda que únicamente podrán acogerse a este periodo transitorio aquellas entidades que vinieran prestando servicios de forma efectiva sobre criptoactivos antes de la aplicación del MiCA de acuerdo con la normativa nacional vigente.

Por otro lado, en cuanto a la obligación de notificar el libro blanco de criptoactivos a la CNMV —requerida para oferentes, solicitantes de admisión a negociación u operadores de plataformas de negociación según el Título II del Reglamento MiCA—, se informa que, hasta la entrada en vigor del Reglamento de Ejecución 2024/2984 de la Comisión Europea el próximo 23 de diciembre de 2025, dicha notificación deberá realizarse a través de la página web de la CNMV.

ESMA, ESMA consults on Technical Advice on Listing Act implications, diciembre 2024.  La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha lanzado una consulta para recabar comentarios tras los cambios en el Reglamento 596/2014 sobre Abuso de Mercado (MAR, por sus siglas en inglés) y la Directiva 2014/65 sobre Mercados de Instrumentos Financieros II (MiFID II, por sus siglas en inglés) introducidos por la Ley de Cotización.

En relación con el MAR, la ESMA solicita comentarios sobre: (i) el momento relevante de divulgación de la información privilegiada; (ii) situaciones en las que la información privilegiada que el emisor pretende retrasar contrasta con el último anuncio público u otro tipo de comunicación del emisor; y (iii) una metodología y resultados preliminares con el fin de establecer un Mecanismo de Libro de Órdenes entre Mercados. Respecto a MiFID II, las propuestas de la ESMA abarcan, por un lado, una revisión de los requisitos necesarios para garantizar que un Sistema Multilateral de Negociación (SMN) (o un segmento de este) se registre como mercado de PYME en expansión y, por otro lado, la evaluación de las condiciones para registrar un segmento de un sistema multilateral de negociación (MTF, por sus siglas en inglés) según la MiFID II revisada.

La ESMA revisará los comentarios recibidos antes del 13 de febrero y entregará su asesoramiento técnico a la Comisión Europea antes de la fecha límite establecida el 30 de abril de 2025.

ESMA, ESMA consults on proposals to digitalise sustainability and financial disclosures, diciembre 2024. La ESMA ha publicado hoy una consulta en el que se solicitan las opiniones de las partes interesadas sobre cómo se puede aplicar el formato electrónico único europeo (ESEF, por sus siglas en inglés) a la presentación de informes de sostenibilidad.

Para la ESMA es una prioridad que los inversores puedan acceder de forma eficaz a información pertinente y comparable, que les permita mejorar y acelerar sus estrategias de inversión basadas en datos. Por ello, el documento incluye propuestas dirigidas a definir las normas de marcado para los informes de sostenibilidad, así como del enfoque de marcado para las Notas a los estados financieros consolidados bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, por sus siglas en inglés). Además, la consulta propone modificaciones a las normas técnicas reglamentarias del Punto de Acceso Electrónico Europeo. 

Las partes interesadas podrán enviar sus comentarios antes del 31 de marzo de 2025.

ESMA, ESMA delivers technical standards on CTPs and other DRSPs, diciembre 2024. La ESMA ha publicado un informe final en el que se recoge las nuevas normas técnicas de regulación (RTS, por sus siglas en inglés) para los proveedores de cintas consolidadas (CTP, por sus siglas en inglés) y otros proveedores de servicios de informes de datos (DRSP, por sus siglas en inglés).

Las citadas RTS cubren las nuevas reglas aplicables a los CTP en materia de calidad de datos y presentación de informes, así como de redistribución de ingresos. Igualmente, se actualizan las disposiciones sobre la autorización y los requisitos organizativos para los Acuerdos de Publicación Aprobados (APAs, por sus siglas en inglés) y los Mecanismos de Presentación de Informes Autorizados (ARMs, por sus siglas en inglés) y sobre la sincronización de los relojes comerciales en las infraestructuras del mercado. Sumado a estas RTS, la ESMA ha publicado, además, una declaración de comentarios en la que se ofrece un resumen de las respuestas recibidas de las partes interesadas a la consulta pública sobre la futura selección de los CTP.

Tras la presentación de este informe, la Comisión Europea dispondrá de tres meses para decidir si aprueba las modificaciones propuestas a las RTS. 

ESMA, ESMA publishes its Final Report on bond transparency and reasonable commercial basis under MiFIR Review, diciembre 2024. La ESMA publicó, el pasado diciembre, el informe final sobre los mandatos del Reglamento (EU) 2024/791 de 28 de febrero – comúnmente conocido como MiFIR Review- sobre la transparencia de la negociación de bonos y la base comercial razonable (RCB, por sus siglas en inglés).

Respecto a lo que afecta a los bonos, el informe incluye las modificaciones de las normas técnicas de regulación (RTS, por sus siglas en inglés) sobre los mandatos de bonos, productos de financiación estructurada (SFP, por sus siglas en inglés) y derechos de emisión (EUA, por sus siglas en inglés). En particular, en relación con los requisitos de transparencia pre y post-negociación propuestos para los instrumentos no participativos se pretende garantizar un alto nivel de transparencia con el objetivo de que los proveedores de liquidez estén protegidos frente a riesgos indebidos.

En cuanto a la RCB, el documento abarca la obligación de poner a disposición los datos pre y post-negociación.

ESAs, The ESAs’ Dry Run exercise shows the goal of reporting of registers of information under Digital Operational Resilience Act in 2025 within reach, diciembre 2024. Las Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, ESMA y EIOPA, comúnmente conocidas como las ESAs) han publicado un informe con las principales conclusiones del ejercicio Dry Run de 2024 sobre la presentación de los registros de información en virtud de la Ley de Resiliencia Operativa Digital (DORA, por sus siglas en inglés).

Los resultados muestran que la calidad de los datos observados en los registros presentados por casi 1.000 entidades financieras de toda la UE estuvo en consonancia con las expectativas de las ESAs, teniendo en cuenta la naturaleza de «mejor esfuerzo» del ejercicio. De los registros analizados, el 6,5% superó con éxito todas las comprobaciones de calidad de los datos, mientras que el 50% de los restantes falló en menos de 5 de 116 controles de calidad. Por consiguiente, las ESAs confían en que el objetivo de tener registros de calidad suficiente en 2025 para designar a los proveedores críticos de servicios de terceros (CTPPs, por sus siglas en inglés) es alcanzable, si bien, sujeto a algunos esfuerzos adicionales de la industria.

Pese a lo anterior, las ESAs instan a las partes interesadas a revisar las conclusiones y materiales del informe para mejorar su preparación de cara a 2025.

ESMA, ESMA releases last policy documents to get ready for MiCA, diciembre 2024. La ESMA ha publicado el último paquete de informes finales que contienen normas técnicas regulatorias y directrices antes de la plena entrada en vigor, el 30 de diciembre de 2024, del Reglamento 2023/1114 de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos (MiCAR, por sus siglas en inglés).

El paquete incluye: (i) Normas técnicas de regulación sobre abuso de mercado; (ii) Directrices sobre la solicitud inversa; (iii) Directrices sobre idoneidad relativo al asesoramiento prestado por los proveedores de servicios de criptoactivos (CAPP); (iv) Directrices sobre los servicios de transferencia de criptoactivos; (v) Directrices sobre la calificación de criptoactivos como instrumentos financieros; (vi) Directrices sobre el mantenimiento de los sistemas y los protocolos de acceso de seguridad.

En palabras de Verena Ross, presidenta de la ESMA: “La entrada en vigor del régimen MiCA marca un paso significativo hacia la existencia de un marco regulatorio para el mercado de las criptomonedas. Sin embargo, es crucial reconocer que el nuevo régimen no sería suficiente para eliminar la incertidumbre y la volatilidad inherentes al mercado de criptoactivos, y los inversores deben comprender plenamente los riesgos antes de participar en este espacio.”

EBA, The EBA provides further guidance on reporting requirements under the Markets in Crypto Assets Regulation, diciembre 2024. La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha publicado las directrices definitivas sobre los requisitos de información en virtud del Reglamento 2023/1114 sobre los mercados de criptoactivos (MiCAR, por sus siglas en inglés).

El propósito de las directrices es proporcionar a las autoridades competentes información suficiente y comparable para supervisar el cumplimiento de los requisitos de MiCAR por parte de los emisores, así como dotar a la EBA de la información necesaria para realizar la evaluación de importancia en el marco del citado Reglamento. Igualmente, las directrices incluyen plantillas e instrucciones comunes destinadas a garantizar que los emisores recopilen los datos necesarios de los proveedores de servicios de criptoactivos (CAPP, por sus siglas en inglés) correspondientes. Para facilitar su implementación, la EBA ha publicado guía explicativa visual que detalla las plantillas que deben presentar los distintos tipos de emisores.

ESMA, ESMA consults on the Internal Control Framework for some of its supervised entities, diciembre 2024. La ESMA  ha lanzado una consulta sobre el proyecto de directrices relacionadas con el marco de control interno dirigido a las agencias de calificación crediticia, así como a los administradores de índices de referencia y a las infraestructuras de transparencia del mercado (registros de operaciones, proveedores de servicios de información de datos y registros de titulizaciones).

El proyecto propone un sistema de control interno eficaz que se articula en dos pilares principales. Por un lado, establece un marco robusto que define el entorno de control interno y sus aspectos informativos. Por otro lado, detalla funciones esenciales como el cumplimiento normativo, la gestión de riesgos y la auditoría interna

La consulta estará vigente hasta el 19 de marzo de 2025.

EBA, The EBA consults on draft technical standards on the prudential treatment of crypto assets exposures under the Capital Requirements Regulation, enero 2025. La EBA ha publicado un documento de consulta sobre su proyecto de normas técnicas de regulación (RTS, por sus siglas en inglés) para especificar los elementos técnicos necesarios para que las entidades calculen y agreguen las exposiciones a criptoactivos en relación con el tratamiento prudencial transitorio de dichas exposiciones, introducido por el Reglamento sobre requisitos de capital (CRR3, por sus siglas en inglés).

Este proyecto de RTS desarrolla aún más el tratamiento de capital relevante para el riesgo de crédito, el riesgo de crédito de contraparte (“CCR”, por sus siglas en inglés), el riesgo de mercado (“MR”, por sus siglas en inglés) y el riesgo de ajuste de valoración de crédito para las exposiciones a tokens de referencia de activos (“ART”, por sus siglas en inglés) y "otros" criptoactivos (incluidos, por ejemplo, los ART que hacen referencia a un criptoactivo).

En definitiva, con estas RTS se pretende garantizar que las instituciones capitalicen adecuadamente sus exposiciones a criptoactivos hasta que entre en vigor un tratamiento prudencial permanente.

EBA, The EBA publishes its final Guidelines on the management of ESG risks, enero 2025. La EBA ha publicado sus directrices definitivas sobre la gestión de los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés). 
Por un lado, estas directrices especifican los requisitos relativos a los procesos internos y los mecanismos de gestión de riesgos ESG que las entidades deben tener establecidos de conformidad con la Directiva sobre requisitos de capital (comúnmente conocida como CRD 6, por sus siglas en inglés). Por otro lado, las directrices desarrollan el contenido de los planes que deben preparar las instituciones con vistas a supervisar y abordar los riesgos financieros derivados de los factores ESG, incluidos los derivados del proceso de ajuste hacia el objetivo de lograr la neutralidad climática en la UE para 2050. 

Las Directrices se aplicarán a partir del 11 de enero de 2026, excepto para las instituciones pequeñas y no complejas, para las cuales las Directrices se aplicarán a más tardar a partir del 11 de enero de 2027.

EBA, The EBA consults on Guidelines on ESG scenario analysis, enero 2025. La EBA ha lanzado una consulta pública sobre su proyecto de Directrices sobre análisis de escenarios ambientales, sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés). 


El proyecto en cuestión establece las expectativas para el desarrollo de un marco y el uso de escenarios que sirvan de apoyo a la reflexión y la toma de decisiones en un entorno económico y físico cambiante. En consonancia con ello, las Directrices establecen principios para poner a prueba la resiliencia financiera, el capital y la liquidez de una institución ante perturbaciones relacionadas con factores ESG, empezando por el clima, y la resiliencia de su modelo de negocio ante diferentes escenarios plausibles, incluido el logro de la neutralidad climática en la UE para 2050.

La consulta se prolongará hasta el 16 de abril de 2025.

ESMA, The EBA and ESMA analyse recent developments in crypto-assets, enero 2025. La EBA y la ESMA han publicado un informe conjunto sobre los últimos avances en el ámbito de los criptoactivos, en el que se analizan las finanzas descentralizadas (DeFi, por sus siglas en inglés) y los préstamos, empréstitos y operaciones de staking de criptomonedas. Esta publicación es la contribución de la ABE y la ESMA al informe de la Comisión Europea al Parlamento Europeo y al Consejo en virtud del artículo 142 del Reglamento 2023/1114 sobre los mercados de criptoactivos (MiCAR, por sus siglas en inglés).

En lo que respecta a las DeFi, el informe concluye que las DeFi siguen siendo un fenómeno de nicho, y que el valor bloqueado en los protocolos DeFi representa el 4 % del valor total del mercado de criptoactivos a nivel mundial. Pese a ello, la EBA y la ESMA observan que la cantidad de ataques a DeFi y el valor de los criptoactivos robados generalmente han evolucionado en correlación con el tamaño de este mercado.

Con relación a al préstamo, la contratación y el staking de criptoactivos, el informe contiene un análisis de los principales tipos y características típicas de los modelos de negocio observados en el mercado. Los resultados de este análisis evidencian un compromiso limitado de los consumidores y las instituciones financieras de la UE con estos servicios.

EBA, The EBA repeals the Guidelines on major incident reporting under the revised Payment Services Directive, enero 2025. La EBA ha derogado sus Directrices sobre la notificación de incidentes importantes en virtud de la Directiva de Servicios de Pago (PSD2, por sus siglas en inglés) debido a la aplicación de la notificación armonizada de incidentes en virtud de la Ley de Resiliencia Operativa Digital (DORA, por sus siglas en inglés) a partir del 17 de enero de 2025.

En efecto, DORA introduce requisitos armonizados de notificación de incidentes que se aplican a las entidades financieras de los sectores bancario, de valores/mercados, de seguros y de pensiones. Esto incluye a la mayoría de los proveedores de servicios de pago (PSP, por sus siglas en inglés), a saber, las entidades de crédito, las entidades de pago, las entidades de dinero electrónico y los proveedores de servicios de información de cuentas.

Consecuentemente, para garantizar la claridad y la seguridad jurídicas para los PSP cubiertos por DORA, y para simplificar la notificación general de incidentes importantes, la EBA ha decidido derogar sus Directrices sobre la notificación de incidentes importantes en virtud de la PSD2.

BIS, BIS CPMI takes further steps to promote ISO 20022 harmonisation for enhanced cross-border payments, enero 2025. El Comité de Pagos e Infraestructuras de Mercado (CPMI, por sus siglas en inglés) del BIS ha anunciado nuevas medidas para promover la adopción de sus requisitos de datos armonizados ISO 20022 para un procesamiento más eficiente de los pagos transfronterizos.

Estas medidas incluyen, en primer lugar, el mantenimiento de los requisitos de datos armonizados al menos durante el programa de pagos transfronterizos del G20 hasta finales de 2027. Para ello, el CPMI establecerá un panel conjunto con miembros de los grupos de prácticas de mercado globales ISO 20022. En segundo lugar, el CPMI fomentará el desarrollo de directrices globales de prácticas de mercado ISO 20022 para pagos rápidos (también denominados pagos instantáneos) basados en los requisitos de datos armonizados, con el objetivo de que los pagos transfronterizos sean seguros y eficientes. Finalmente, el CPMI seguirá colaborando con los operadores de sistemas de pago y los proveedores de servicios de pago para alentarlos a implementar los requisitos de datos armonizados para finales de 2027.

 

EIOPA. EIOPA and ECB propose European approach to reduce economic impact of natural catastrophes, diciembre 2024.  La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA, por sus siglas en inglés) y el Banco Central Europeo (ECB, por sus siglas en inglés) han publicado un documento conjunto con una propuesta destinada a reducir el impacto económico y financiero de las catástrofes naturales en la UE.

La citada propuesta consta de dos pilares complementarios. Por un lado, un plan de reaseguro público-privado de la UE para aumentar la cobertura de seguro contra el riesgo de catástrofes naturales. Dicho plan se financiaría con primas basadas en el riesgo de los (re)aseguradores o de los planes nacionales de seguros. Por otro lado, un fondo de la UE, compuesto por las contribuciones de los Estado Miembros, para la financiación de catástrofes públicas con el objetivo de reforzar la gestión del riesgo público de catástrofes en los Estados miembros.

Para Petra Hielkema, Presidenta de la EIOPA, “Las propuestas presentadas pretenden iniciar un debate sobre posibles formas de reducir la brecha de protección de los seguros a través de una solución a nivel de la UE, preservando al mismo tiempo la integridad de los regímenes nacionales de seguros”.

EIOPA. EIOPA’s Consumer Trends Report shows digitalisation is transforming insurance and pensions services, enero 2025. La EIOPA ha publicado el Informe sobre tendencias de consumo para 2024 , en el que se destacan las principales tendencias en la experiencia de los consumidores con los productos de seguros y pensiones. 

Los datos contenidos en el informe sugieren que los consumidores utilizan cada vez más herramientas digitales a la hora de contratar productos de seguros y pensiones, lo que les permite comparar fácilmente las ofertas, esperar una tramitación más rápida de sus reclamaciones y hacer previsiones sobre sus futuros derechos de pensión. 

Sin embargo, no todos los consumidores se benefician por igual de la digitalización. Si bien esta ofrece ventajas, también conlleva riesgos, como la exclusión digital y la desinformación. Algunos consumidores, además, pueden necesitar más asesoramiento del que está disponible digitalmente. Sumado a esto, el informe muestra que persisten los riesgos de relación calidad-precio, especialmente en lo que respecta a determinados productos de seguros con unidades de inversión vinculadas y productos híbridos.