CNMV, La CNMV revisa la aplicación de las obligaciones de “mejor ejecución” de las entidades en las operaciones de clientes, junio 2024. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) realizó un ejercicio de supervisión para determinar el cumplimiento de las obligaciones en materia de mejor ejecución. El estudio se ha centró en entidades que prestan servicios de inversión en la operativa de clientes con renta variable. 

La Directiva MiFID II obliga a las entidades a obtener el mejor resultado posible para sus clientes al ejecutar sus órdenes, lo cual, se determina en términos de contraprestación total. Las comisiones y los costes que se derivan de la ejecución de la orden en cada uno de los centros de ejecución también son conceptos incluidos en la contraprestación total. Según la normativa, las entidades tienen la obligación de seleccionar y revisar periódicamente tanto sus políticas propias, como los centros de ejecución e intermediarios financieros con los que operan, para así asegurarse de que con ambos se garantiza el mejor resultado al cliente o si, por el contrario, es necesario cambiarlos. 

Sin embargo, la CNMV ha detectado diversas incidencias en el cumplimiento de estas obligaciones según MiFID II. Entre ellas destaca que, las entidades no siempre realizan este análisis comparativo de los intermediarios y centros de ejecución que han seleccionado, ni tampoco del coste de la intermediación. Asimismo, se ha constatado que algunas entidades tampoco realizan revisiones periódicas de su política de mejor ejecución. 

La Institución está satisfecha con los resultados, señalando que, pese a estos errores detectados y comunicados a las entidades, el nivel general de cumplimiento normativo es correcto. 

CNMV, Preguntas y Respuestas frecuentes sobre Instrumentos Financieros basados en Tecnologías de Registros Distribuidos (TRD), junio 2024. La CNMV ha publicado un documento de Preguntas y Respuestas sobre la representación de los Instrumentos Financieros con la Tecnologías de Registros Distribuidos (TRD). 

La Ley 6/2023, de 17 de marzo de los Mercados de Valores y Servicios de Inversión, permite que los instrumentos financieros se representen mediante TDR, el mismo método tecnológico de los criptoactivos. Este sistema de representación, si bien puede aportar muchos beneficios en la emisión y la negociación de instrumentos financieros, requiere cautela y la adopción de medidas de protección de los inversores. Es por ello que, para utilizarla, será necesario hacerlo a través de una entidad responsable de la inscripción y del registro de valores negociables (ERIR) y custodia de instrumentos financieros que asuma la responsabilidad del correcto funcionamiento. 

El documento incluye las principales preguntas y respuestas sobre las dudas que más se dan en la práctica. Entre ellas, si es posible que los instrumentos financieros basados en TRD pueden además de ser instrumentos cotizados, transmitirse de forma privada entre dos entidades al margen de cualquier centro de negociación, pero siempre habrá un ERIR responsable de cada emisión. O, si es posible constituir derechos reales limitados, prendas u otros gravámenes que limiten los valores negociables gravámenes y derechos reales que limiten estos valores. Sobre esto, la CNMV ha señalado que será posible pero que los ERIR deben contar con las capacidades y permisos necesarios para asegurar que estas gestiones se realizan conforme a la normativa vigente. 

CNMV, La CNMV abre consulta pública de la modificación de varias circulares, mayo 2024. La CNMV, según lo previsto en su plan de 2024, ha iniciado el trámite de audiencia para un Proyecto de Circular que modificará a su vez tres circulares de la CNMV de distintos ámbitos. 

Por un lado, en el plano contable se pretende modificar la Circular 1/2021, de 25 de marzo, sobre normas contables, cuentas anuales y estados financieros de las Empresas de Servicios de Inversión y sus grupos consolidables, Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva y Sociedades Gestoras de Entidades de tipo cerrado. Por otro lado, se modificará la Circular 5/2009, de 25 de noviembre, que regula el Informe Anual del Auditor sobre Protección de Activos de Clientes (IPAC). 

En el plano financiero y de conducta, se pretende modificar la Circular 1/2010, de 28 de julio, de información reservada de las entidades que prestan servicios de inversión, que se modifica de dos formas distintas. Se quiere anticipar los modelos de estados reservados que la CNMV podría solicitar por requerimiento individual a los proveedores de servicio de criptoactivos y se quiere incorporar algunos cambios en la información reservada que las entidades que prestan servicios y actividades de inversión vienen prestando. 

La CNMV espera comentarios por escrito hasta el próximo 30 de junio de 2024. 

 

ESMA, MiFIR review: ESMA consults on Consolidated Tape Providers and their selection, mayo 2024. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha lanzado una consulta pública sobre estándares técnicos en relación con los Proveedores de Información Consolidada (CTPs, por sus siglas en inglés), su proceso de selección y otros Proveedores de Servicios de Datos (DRSPs, por sus siglas en inglés), todo ello, en el marco del proceso de revisión del Reglamento MiFIR. 

ESMA busca recopilar opiniones para mejorar la transparencia del mercado. Las materias sometidas a consulta abarcan desde las normas sobre la entrada y salida de datos en los CTPs, proyectos de normas sobre la metodología para que los CTPs redistribuyan los ingresos a los contribuidores de datos y los criterios para suspender dicha redistribución, hasta las nuevas normas para la autorización y la evaluación de los nuevos solicitantes que quieran operar como una CTP. 

El plazo para remitir comentarios vence el próximo 28 de agosto. 

ESMA, ESMA consults on commodity derivatives under MiFID review, mayo 2024. ESMA ha lanzado una consulta pública sobre los cambios propuestos en las normas para los controles de gestión y notificación de posiciones, en el marco del proceso de revisión de la Directiva MiFID II. El objetivo es minimizar la carga que tienen que soportar las entidades informadoras. 

La consulta aborda los cambios en los estándares técnicos de regulación (RTS, por sus siglas en inglés) de los controles de gestión de posiciones y las modificaciones en las normas técnicas de implementación (ITS, por sus siglas en inglés) de informes de posiciones. ESMA señala que en particular estudiará los comentarios sobre la ampliación de los controles de gestión de posiciones, la exclusión de los derechos de emisión y la introducción de un informe semanal adicional al ya existente. 

ESMA admitirá comentarios hasta el 23 de agosto. 

ESAs, ESAs call for enhanced supervision and improved market practice on sustainability-related claims, junio 2024. Las Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, EIOPA y ESMA) han publicado sus Informes Finales sobre los riesgos de “greenwashing” en el sector financiero. 

En sus informes coinciden en que, el “greenwashing” es una práctica en la que, las declaraciones y acciones sobre sostenibilidad, no son un reflejo del perfil real de la entidad, el producto o el servicio financiero. Al ser una práctica que puede resultar engañosa para consumidores, inversores u otros participantes, las Autoridades han querido recoger las respuestas a los actuales riesgos que han recopilado de las Autoridades Nacionales Competentes y las medidas que éstas están adoptando. 

Asimismo, los informes ofrecen una visión sobre cómo se puede mejorar gradualmente la supervisión en los próximos años. 

ESMA, Final MiCA rules on conflict of interest of crypto assets providers published, mayo 2024. ESMA ha hecho público un Informe Final con estándares técnicos de regulación en materia de conflictos de interés de los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP, por sus siglas en inglés) en el marco del Reglamento MiCA. 

El objetivo del informe es aclarar elementos sobre la integración vertical de los proveedores de servicios de criptoactivos y alinearse con las normas de la Autoridad Bancaria Europea para los emisores de tokens referenciados a activos (ARTs, por sus siglas en inglés). 

Asimismo, en él se incluyen actualizaciones sobre los requisitos de las políticas y procedimientos para identificar, prevenir y analizar los conflictos de interés. 

EBA, ESMA, The EBA and ESMA invite comments on the review of investment firms prudential framework, junio 2024.La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) y ESMA han publicado una consulta pública sobre la revisión del marco prudencial de las compañías dedicadas a la inversión. 

La finalidad es poder recopilar información de los stakeholders para a su vez informar a la Comisión Europea. El documento aborda numerosas cuestiones. Entre ellas, analiza temas como, la adecuación de los requisitos prudenciales actuales, el análisis de la metodología existente y los riesgos que no están cubiertos. Además, se analiza los efectos que tendría el nuevo paquete bancario de la UE (CRD VI y CRR 3) y se valora la posibilidad de extenderlo a los proveedores de servicios crowdfunding y criptoactivos. 

Por último, el documento cubre aspectos relacionados con la remuneración en las empresas de inversión e incluye una breve sección sobre el tratamiento de las empresas que no están bajo regulación prudencial actualmente y que operan en mercados de materias primas. 

El 20 de junio tuvo lugar una audiencia pública por videoconferencia y el plazo para remitir comentarios finalizará el 3 de septiembre. 

EBA, The EBA publishes governance regulatory products under the Markets in Crypto-Assets Regulation, junio 2024. EBA, ha publicado tres productos regulatorios sobre gobernanza, conflictos de interés y remuneración vinculados al Reglamento MiCA. 

En materia de gobernanza, el paquete incluye una guía con los contenidos mínimos sobre esta matera que deben incluir los emisores de tokens referenciados a activos. Con ello, se especifican varias de las provisiones recogidas en MiCA tomando en consideración el principio de proporcionalidad. 

En el informe final de estándares técnicos de regulación sobre el contenido mínimo de los acuerdos de gobernanza sobre las políticas de remuneración, se recoge sistema similar al de remuneración de las empresas de inversión. 

Por último, en el informe final con estándares técnicos de regulación sobre conflictos de interés para emisores de ARTs, se especifican procedimientos efectivos para identificar, prevenir, gestionar y revelar conflictos de intereses.

 EBA, The EBA consults on the new framework for the operational risk loss as part of the implementation of the EU Banking Package, junio 2024. EBA ha lanzado una consulta pública sobre tres conjuntos de estándares técnicos de regulación. 

El primer borrador de estándares aborda cómo establecer una taxonomía del riesgo operativo e incluye una lista de tipos, categorías y características de riesgos que las instituciones deben utilizar cuando registren siniestros de riesgo operativo. El segundo borrador, sobre estándares recoge las condiciones en las que resultaría excesivamente gravoso para una entidad calcular la pérdida anual por riesgo operacional. En tales casos, se permite una exención temporal de esta obligación. 

Por último, la tercera recopilación de estándares recoge los ajustes que se deben hacer a los datos de pérdidas de una entidad tras una operación de adquisición o fusión de otras entidades o actividades. 

La consulta pública estará abierta hasta el 6 de septiembre de 2024. 

 

 

IOSCO, IOSCO publishes Final Report on Leveraged Loans and CLOs Good Practices for Consideration, junio 2024. La Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) ha publicado su Informe Final sobre préstamos apalancados y obligaciones colaterales de préstamo (CLOs, por sus siglas en inglés). IOSCO ha realizado un análisis de la situación de los préstamos apalancados y los CLOs, centrándose en el impacto que está teniendo la reducción en número y la flexibilización de los convenios en la protección de los inversores. El Informe describe doce buenes prácticas, diseñadas para apoyar a los participantes de los mercados en la toma de decisiones. Estas prácticas se clasifican en cinco temas: el origen y la refinanciación basados en un fundamento empresarial sólido, la transparencia en la documentación de los préstamos y el EBITDA, fortalecer que los intereses se mantengan alineados durante todas las fases del préstamo, abordar los intereses de todos los participantes de la cadena de intermediarios y la divulgación periódica de la información. Tal y como ha señalado Christina Choi, Presidenta del Comité de Gestión de Inversiones de IOSCO: “estas Buenas Prácticas son un conjunto de herramientas importantes que ayudarán a mitigar las vulnerabilidades detectadas durante nuestro trabajo, en particular los posibles riesgos de conducta y de conflictos de intereses observados en toda la cadena de intermediación. Animo a los participantes en el mercado a adoptarlas cuando operen en los mercados de préstamos apalancados y obligaciones de préstamos garantizados”. IOSCO, IOSCO publishes Good Practices to improve trading venues´ resilience in case of Market Outages, junio 2024. IOSCO ha publicado su informe final sobre interrupciones del mercado. El informe aborda la necesidad de mejorar la preparación y la gestión de las interrupciones en el mercado con el objetivo de garantizar una mayor resiliencia y confianza de los inversores. Se establecen cinco buenas prácticas que cubren una serie de áreas clave como son los Planes de Interrupción, los Planes de Comunicación, la Reapertura de la Negociación, Subastas de cierre y Planes Post-Interrupción. La finalidad de estas prácticas es ofrecer flexibilidad para su adopción en diversos lugares de la negociación, en las diferentes clases de activos y en las estructuras de mercado. En palabras de Isadora Tarola, Presidenta del Comité sobre Regulación de los Mercados Secundarios de IOSCO: “Las interrupciones del mercado pueden ser muy disruptivas. Por ello, es importante que los centros de negociación consideren la adopción de las buenas prácticas propuestas. Esto puede contribuir a la resistencia del mercado y ayudar a garantizar una negociación ordenada durante las interrupciones. IOSCO mantiene su compromiso de apoyar iniciativas que promuevan la estabilidad financiera y la protección de los inversores.” BIS, Project mBridge reaches minimum viable product stage and invites further international participation, junio 2024. El Banco de Pagos Internacionales (BIS, por sus siglas en inglés) anuncia que el Proyecto mBridge ya cumple los requisitos mínimos para su puesta en funcionamiento. El Proyecto mBridge es el resultado de una amplia colaboración entre diversos bancos centrales y el Bis Innovation Hub. El objetivo es crear una plataforma de moneda digital en la que participen múltiples bancos centrales y bancos comerciales para permitir pagos y liquidaciones transfronterizos instantáneos. Con este proyecto se quiere abordar algunas ineficiencias en los pagos transfronterizos y abordar preocupaciones sobre la inclusión financiera. En su estado actual la plataforma está capacitada para realizar transacciones de valor real y es compatible con Ethereum. El BIS invita ahora a empresas del sector privado a proponer nuevas soluciones para desarrollar aún más el potencial de la plataforma. 

IOSCO ha realizado un análisis de la situación de los préstamos apalancados y los CLOs, centrándose en el impacto que está teniendo la reducción en número y la flexibilización de los convenios en la protección de los inversores. El Informe describe doce buenes prácticas, diseñadas para apoyar a los participantes de los mercados en la toma de decisiones. Estas prácticas se clasifican en cinco temas: el origen y la refinanciación basados en un fundamento empresarial sólido, la transparencia en la documentación de los préstamos y el EBITDA, fortalecer que los intereses se mantengan alineados durante todas las fases del préstamo, abordar los intereses de todos los participantes de la cadena de intermediarios y la divulgación periódica de la información. Tal y como ha señalado Christina Choi, Presidenta del Comité de Gestión de Inversiones de IOSCO: “estas Buenas Prácticas son un conjunto de herramientas importantes que ayudarán a mitigar las vulnerabilidades detectadas durante nuestro trabajo, en particular los posibles riesgos de conducta y de conflictos de intereses observados en toda la cadena de intermediación. Animo a los participantes en el mercado a adoptarlas cuando operen en los mercados de préstamos apalancados y obligaciones de préstamos garantizados”. IOSCO, IOSCO publishes Good Practices to improve trading venues´ resilience in case of Market Outages, junio 2024. IOSCO ha publicado su informe final sobre interrupciones del mercado. El informe aborda la necesidad de mejorar la preparación y la gestión de las interrupciones en el mercado con el objetivo de garantizar una mayor resiliencia y confianza de los inversores. Se establecen cinco buenas prácticas que cubren una serie de áreas clave como son los Planes de Interrupción, los Planes de Comunicación, la Reapertura de la Negociación, Subastas de cierre y Planes Post-Interrupción. La finalidad de estas prácticas es ofrecer flexibilidad para su adopción en diversos lugares de la negociación, en las diferentes clases de activos y en las estructuras de mercado. En palabras de Isadora Tarola, Presidenta del Comité sobre Regulación de los Mercados Secundarios de IOSCO: “Las interrupciones del mercado pueden ser muy disruptivas. Por ello, es importante que los centros de negociación consideren la adopción de las buenas prácticas propuestas. Esto puede contribuir a la resistencia del mercado y ayudar a garantizar una negociación ordenada durante las interrupciones. IOSCO mantiene su compromiso de apoyar iniciativas que promuevan la estabilidad financiera y la protección de los inversores.” BIS, Project mBridge reaches minimum viable product stage and invites further international participation, junio 2024. El Banco de Pagos Internacionales (BIS, por sus siglas en inglés) anuncia que el Proyecto mBridge ya cumple los requisitos mínimos para su puesta en funcionamiento. El Proyecto mBridge es el resultado de una amplia colaboración entre diversos bancos centrales y el Bis Innovation Hub. El objetivo es crear una plataforma de moneda digital en la que participen múltiples bancos centrales y bancos comerciales para permitir pagos y liquidaciones transfronterizos instantáneos. Con este proyecto se quiere abordar algunas ineficiencias en los pagos transfronterizos y abordar preocupaciones sobre la inclusión financiera. En su estado actual la plataforma está capacitada para realizar transacciones de valor real y es compatible con Ethereum. El BIS invita ahora a empresas del sector privado a proponer nuevas soluciones para desarrollar aún más el potencial de la plataforma. 

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Anteproyecto de ley y proyecto de real decreto para la digitalización y modernización del sector financiero, mayo 2024. El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha publicado una consulta pública en el marco de la aprobación del Anteproyecto de ley y Proyecto de Real Decreto para la Digitalización y Modernización del Sector Financiero. 

La consulta persigue tres objetivos, todos relacionados con la incorporación al ordenamiento jurídico de cambios en materia de digitalización y modernización del sector financiero. El primero, transponer las Directivas 2022/2556 (DORA), 2013/36 (CRD), 2015/849 (AMLD), 98/26 (Firmeza), 2023/2864 (punto de acceso único europeo). El segundo, implementar determinadas disposiciones contenidas en los Reglamentos europeos 2022/2554 (DORA), Reglamento 2023/1114 (MiCA) y 260/2012 (SEPA). El tercero, incluir iniciativas propias y nacionales relacionadas con estos temas. 

Las finalidades últimas de la norma también son tres. Por un lado, asegurar la ciberresiliencia del conjunto del sistema financiero, a medida que aumentan las dependencias tecnológicas y digitales. Por otro, asegurar la innovación que pueden aportar los criptoactivos y que la utilización de tecnologías de registros distribuidos vaya acompañada de un adecuado nivel de seguridad jurídica, estabilidad financiera y protección al inversor. Y, por último, garantizar un sistema de pagos adecuado a las necesidades de los ciudadanos y las empresas y competitivo para la economía digital. 

ESMA, ESMA reports on the application of MiFID II marketing requirements, mayo 2024. ESMA ha publicado un Informe Conjunto sobre sus labores de supervisión común (CSA, por sus siglas en inglés) y sus ejercicios de mistery shopping relacionados con la normativa sobre marketing según MiFID II. 

ESMA y las Autoridades Nacionales Competentes (NCAs, por sus siglas en inglés) han concluido que, por lo general, se cumple con la normativa sobre marketing en las comunicaciones y las firmas tienen procedimientos para asegurar que cumplen con lo previsto en MiFID II sobre esta materia. Sin embargo, han mostrado preocupación en relación con la sostenibilidad de las comunicaciones y anuncios. 

En el informe, se identifican varias áreas de mejora tales como, que las comunicaciones de marketing sean claramente identificables, que en ella se incluyan una presentación clara de los riesgos y beneficios o que los distribuidores cumplan con los requisitos legales en las comunicaciones publicitarias y la implementación. 

La Autoridad señala que se seguirá trabajando en esta materia dada la importancia que puede tener en las decisiones del consumidor. 

ESAs, ESAs publish Joint Annual Report for 2023, junio 2024. El Comité Conjunto de ESAs ha publicado su Informe Anual 2023 en el que detalla el trabajo realizado durante el año pasado. 

Durante el 2023, bajo la presidencia de EBA, el Comité Conjunto ha coordinado a ESAs, a la Comisión Europea y a la Junta Europea de Riesgo Sistémico, para facilitar los debates internos y el intercambio constante de información. Las áreas en las que se han focalizado han sido la evaluación conjunta de riesgos, las finanzas sostenibles, la digitalización, la protección del consumidor, la titularización, los conglomerados financieros y la compensación central.