Banco de España, Aplicación del Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos (MiCAR) respecto de la emisión ART y EMT, julio 2024. El BdE ha publicado un anuncio en el que recuerda que, desde el pasado 30 de junio de 2024, resultan de aplicación las normas sobre fichas referencias a activos y sobre fichas de dinero electrónico (ART y EMT respectivamente, por sus siglas en inglés) incluidas en el  Reglamento (UE) nº 2023/1114, de 31 de mayo (MiCAR).

En lo que respecta a las ART, sólo pueden ser emisores de estas fichas las personas jurídicas autorizadas por el BdE o las entidades de crédito cuyo libro blanco haya sido aprobado por el BdE. MiCA incluye un período transitorio para estas fichas, según el cual las entidades que hayan emitido ART antes del 30 de junio de 2024 podrán seguir haciéndolo siempre que, antes del 30 de julio de 2024, soliciten al BdE la autorización correspondiente o la aprobación del libro blanco. Sin embargo, en cuando a los EMT, no se prevé un régimen transitorio, por lo que, desde el 30 de junio de 2024, sólo pueden ser emisores de estas fichas las entidades de crédito o de dinero electrónico autorizadas que hayan publicado su libro blanco previa notificación al BdE. 

Las competencias de supervisión en esta materia están distribuidas entre la CNMV y el BdE, siendo esta última la encargada de supervisar, inspeccionar y sancionar a aquellos oferentes, emisores o personas que soliciten la admisión a negociación de los ART o EMT. 

Asimismo, el Banco de España en esta comunicación insta a aquellos que deseen adquirir ART o EMT, a que consulten el contenido de los libros blancos de las emisiones y que comprueben: i) si el emisor es una entidad debidamente autorizada como entidad de crédito o de dinero electrónico; ii) si el emisor de una ART no es una entidad de crédito, que cuente con la autorización del BdE; o iii) que la entidad oferente de ART o EMT cuente con el consentimiento escrito del emisor para llevar a cabo dicha oferta al público.  

 

EBA, The EBA welcomes the entry into force of the framework establishing the anti-money laundering and countering the financing of terrorism authority, junio 2024. La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha anunciado la creación de una nueva Autoridad que se especializará en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (AMLA, por sus siglas en inglés).

De acuerdo con el régimen transitorio previsto, EBA mantendrá sus competencias en materia de la lucha contra el blanqueo de capitales (BC) y la financiación del terrorismo (FT) hasta diciembre de 2025 y tras esto, seguirá trabajando con AMLA para asegurar avances en este campo.  

La Autoridad también ha aprovechado para anunciar los aspectos en los que se centrará durante los ejercicios 2024 y 2025, que serán, entre otros: crear una metodología común para evaluar los riesgos, una metodología para seleccionar entidades financieras sobre las que ejercer las labores de supervisión sobre BC y FT a escala de la Unión Europea y criterios para determinar la gravedad de una infracción en materia de BC y FT.

EBA, The EBA issues “travel rule” guidance to tackle money laundering and terrorist financing in transfers of funds and crypto assets, julio 2024. La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha publicado unas directrices sobre las “reglas de desplazamiento”, es decir, la información que debe acompañar a determinadas transferencias para identificar cuando se realizan para blanquear capitales o financiar actividades de terrorismo.

Las Directrices especifican, por un lado, la información que debe acompañar a una transferencia de fondos o de criptoactivos y por otro, las medidas que los proveedores de servicios de pago, los proveedores de servicios de criptoactivos y los intermediarios de ambos, deben adoptar para detectar la falta de información o la información incompleta en una transferencia. En cuanto a esto, las directrices recogen indicaciones sobre cómo actuar si se identifica esta falta de información.

El objetivo es crear un mismo enfoque en toda la Unión Europea, de modo que las autoridades puedan rastrear las transferencias cuando sea necesario para prevenir, detectar o investigar el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Estas directrices serán de aplicación desde el 30 de diciembre de 2024.

EBA, The EBA updates the supervisory reporting framework, julio 2024. EBA ha publicado su nuevo Informe implementando nuevos estándares técnicos sobre los requisitos de información que se deben proporcionar a las autoridades en lo que respecta a las labores de supervisión.

Estos cambios son cruciales porque permiten a las autoridades supervisoras monitorizar el cumplimiento por las instituciones de los cambios que los Acuerdos de Basilea III introdujeron en el Reglamento (UE) 575/2013, de 26 de junio, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y empresas de inversión (CRR3, por sus siglas en inglés).  Estos cambios afectan a la información sobre el riesgo de crédito, el riesgo de marcado, el ratio de apalancamiento o el tratamiento transitorio de las exposiciones a criptoactivos.

EBA complementará estos estándares de información para incluir aquella información exigible según el Reglamento 575/2013 pero que no guarda relación con los Acuerdos de Basilea III.

EBA, EBA brings the application of MiCAR to the attention of issuers, consumers, and other relevant stakeholders and announces priorities for the supervision of issuers of ARTs and EMTs for 2024/2025, julio 2024. EBA ha publicado dos comunicados a raíz de la entrada en vigor del Reglmento MiCAR.

En el primero de ellos, dirigido a los emisores, oferentes de ARTs y EMTs y consumidores EBA recuerda cuáles son los requisitos que deben cumplir conforme a MiCAR, así como los estándares técnicos y las guías disponibles en su web.

El segundo, recoge las prioridades en las que se deben centrar las autoridades supervisoras durante los ejercicios 2024 y 2025, las cuales abordan cuatro áreas diferentes: gobernanza interna y gestión del riesgo, resiliencia financiera, gestión del riesgo asociado a las tecnologías y gestión de riesgos sobre crímenes financieros. 

EBA, EBA notes EU-wide consistent implementation of 2023 priorities in supervisory work programmes but highlights need for further consistency in the identificaction and treatment of risks covered by Pillar 2 requirements, julio 2024.  EBA ha publicado su Informe Anual sobre las prácticas convergentes de supervisión que se han llevado a cabo durante el año 2023. EBA afirma que cuatro puntos que se fijaron como prioritarios para este ejercicio han sido implementados por las NCAs de los estados miembros y que los colegios de supervisores funcionan correctamente.

Sin embargo, destacan las disparidades en la implementación de los principios ESG (medio ambiente, sociales y gobierno corporativo) y en las capacidades de agregación de datos en los procesos de supervisión. Además, todavía se puede mejorar las prácticas supervisoras relacionadas con los riesgos que se abordan en Pilar 2.

EBA, The EBA consults on the Handbook on independent valuers for resolution purposes, julio 2024. EBA ha publicado una consulta pública sobre el proyecto de Manual sobre tasadores independientes. El objetivo de la Institución es que este manual permita mejorar el proceso de selección de tasadores independientes y facilitar su aplicación por las autoridades de resolución.

El Manual está estructurado en orden cronológico, abarcando acciones antes, durante y después del nombramiento del tasador independiente. Del mismo modo se incluyen secciones específicas sobre la evaluación de la independencia del tasador y la aplicación de políticas y procedimientos para identificar y gestionar los conflictos de intereses.

La consulta pública venderá el próximo 19 de septiembre de 2024.

EBA, The EBA consults on guidelines on reporting of data to assist authorities in their supervisory duties and significance assessment under MiCAR, julio 2024. EBA ha publicado una consulta pública sobre futuras directrices que recogerían la información a aportar para ayudar a EBA y a las NCAs en el desempeño de sus funciones conforme a MiCAR.

La Autoridad Bancaria ha encontrado una laguna en la información que, de conformidad con el artículo 22 de MiCAR los emisores de ARTs y EMTs deben proporcionar a EBA y a las NCAs. La información que se debe remitir obligatoriamente por aplicación del Reglamento no es suficiente para desempeñar las funciones de supervisión y de evaluación que prevé MiCAR, por lo que, la finalidad de esta consulta pública es recopilar opiniones sobre las plantillas e instrucciones recogidas en las directrices y que los emisores deberán cumplimentar para cubrir estas carencias de la norma.

La consulta venderá el próximo 15 de octubre.

ESMA, MiFIR review: ESMA launches new consultatios, julio 2024. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en ingles) ha lanzado un paquete de consultas públicas en el marco del Reglamento MiFIR cuyo fin es aumentar la transparencia y resiliencia de los mercados financieros.

Las materias objeto de consulta son muy variadas pues abordan, desde modificaciones en las normas sobre evaluación de la liquidez de los instrumentos de renta variable, la creación de un nuevo borrador sobre Estándares Técnicos de Implementación en internalizadores sistemáticos, hasta una propuesta de nuevas normas sobre los requisitos organizativos de los centros de negociación en las que se implementa el Reglamento de Resiliencia Operativa Digital (DORA, por sus siglas en inglés).

Hay dos plazos para remitir comentarios, el 15 de septiembre o el 15 de octubre, dependiendo de las distintas materias sobre las que se quiera aportar observaciones.

ESMA, ESMA consults on firms’ order execution policies under MiFID II, julio 2024. ESMA ha lanzado una consulta pública para fijar unos estándares comunes en los criterios que las empresas de inversión utilizan para evaluar y determinar que sus políticas de ejecución de órdenes son efectivas. Con estos estándares ESMA busca mejorar la protección del inversor, asegurando la efectividad de las órdenes de ejecución emitidas por este tipo de entidades.

ESMA quiere conocer los comentarios de los stakeholders sobre aspectos como, la elaboración de políticas de ejecución de órdenes de una empresa de inversión, los procedimientos para supervisar y evaluar periódicamente la eficacia de sus mecanismos de ejecución de órdenes o el tratamiento que le dan a las instrucciones de los clientes.

El plazo para presentar observaciones vence el próximo 16 de octubre.

ESMA, New MiCA rules increase transparency for retail investors, julio 2024. ESMA ha publicado su segundo Informe final en el marco del Reglamento MiCA, compuesto por ocho estándares técnicos. La finalidad de estos estándares es garantizar la transparencia de cara a los inversores minoristas, aportar claridad a los proveedores de criptoactivos sobre las obligaciones de comunicación y los requisitos de registro y, recoger los estándares de datos que se deben remitir a las Autoridades Nacionales Competentes (NCAs, por sus siglas en inglés).

Entre los estándares incluidos destacan, por un lado, aquellos de carácter técnicos orientados a garantizar que tanto las personas, como las máquinas, puedan leer los libros blancos de criptoactivos y, por otro, las reglas sobre los datos que deben publicar los CASPs para garantizar la transparencia antes y después de la negociación de criptoactivos.

A su vez, el Informe aborda obligaciones de comunicación pública que, entre otras cuestiones, permitirá a los inversores comprender el impacto sobre el clima y el medio ambiente de los criptoactivos que poseen.

EBA y ESMA, EBA and ESMA publish guidelines on suitability of management body members and shareholders for entities under MiCA, junio 2024. EBA y ESMA han publicado unas directrices conjuntas que abordan en materia de entidades emisoras de ARTs y proveedores de servicios de criptoactivos (CASPs, por sus siglas en inglés), los requisitos de idoneidad de los miembros del órgano de dirección y la evaluación de los accionistas y miembros con participaciones cualificadas en las entidades emisoras y los CASPs. 

El objetivo de las primeras directrices es recoger unos criterios comunes sobre los conocimientos, habilidades, experiencia y reputación que deben tener los miembros de los órganos de gestión de las entidades emisoras de ART y los CASPs. La importancia de contar con mecanismos de gobernanza radica en que solo así se aumentará la confianza en este tipo de activos y servicios y, con ello, la confianza en el sistema financiero.  En cuanto a las segundas directrices, su finalidad es proveer a las autoridades competentes de una metodología común para evaluar si los accionistas y socios con participaciones cualificadas, directas o indirectas, de entidades supervisoras cumplen los requisitos para conceder autorizaciones como emisores de ART o como CASPs.

Estas directrices son parte del trabajo que están desarrollando ambas instituciones para garantizar un mercado de criptoactivos transparente, seguro y correctamente regulado. 

ESAS, ESAs consult on Guidelines under the Markets in Crypto-Assets Regulation, julio 2024. Las tres Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, EIOPA y ESMA) han publicado una consulta pública sobre directrices del Reglamento MiCA.

Las directrices sometidas a consulta buscan proporcionar un enfoque común en la clasificación de criptoactivos que sirva, tanto para los participantes del mercado, como para los supervisores. Para ello se propone la creación de una prueba o test estándar y de unas plantillas descriptivas que clasifiquen desde el punto de vista legal y regulatorio los distintos tipos de criptoactivos.

Para el caso de los ARTs, el libro blanco deberá incluir, además de información exhaustiva sobre el activo, una evaluación legal sobre el tipo de criptoactivo. En particular, deberá indicar que no es un EMT y que está incluido dentro del ámbito de aplicación de MiCA. Lo mismo para el caso de criptoactivos distinos de los ARTs y los EMTs, acompañando al libro blanco se deberá incluir un análisis legal que se refiera al hecho de que no es un ART, un EMT y que no está excluido del ámbito de aplicación de MiCA.  

La fecha límite para remitir comentarios es el 12 de octubre, no obstante, con anterioridad a este día, el 23 de septiembre tendrá lugar una audiencia pública en formato telemático para comentar la consulta pública.

ESAs, ESAs establish framework to strengthen coordination in case of systemic cyber incidents, julio 2024. Las Autoridades Europeas de Supervisión, elaborarán en los próximos meses un marco de coordinación para incidentes cibernéticos (EU-SCICF, por sus siglas en inglés) en el marco del Reglamento DORA. Este marco es resultado de una recomendación de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (ESRB, por sus siglas en inglés), quien detectó que en el sistema financiero no había un marco común para poder gestionar una crisis derivada de un incidente transfronterizo relacionado con las tecnologías de la información y la comunicación.

Este sistema supondrá la implementación de una secretaria especializada, un foro y un programa de coordinación en caso de crisis. Con ello, las tres Instituciones quieren garantizar que, en caso de un incidente cibernético que pueda amenazar la estabilidad del sistema financiero, haya una respuesta eficaz. Para completar esta laguna, las Autoridades analizarán los obstáculos jurídicos y operativos y darán traslado a la Comisión Europea.

ESAs, ESAs publish second batch of policy products under DORA, julio 2024. Las Autoridades Europeas de Supervisión han publicado el Segundo lote de productos normativos en el marco del Reglamento DORA.

Los estándares que se han publicado son: estándares regulatorios y estándares técnicos sobre el contenido, formato, plantillas y plazos para la notificación de incidentes graves relacionados con las TIC y las ciberamenzas; estándares regulatorios sobre la armonización de las condiciones que permiten llevar a cabo las actividades de supervisión; estándares regulatorios sobre los criterios para determinar la composición del equipo de examinación conjunto (JET, por sus siglas en inglés) y estándares regulatorios sobre pruebas de infiltración por amenazas.

También se han publicado dos Directrices conjuntas, una sobre la estimación de los costes/pérdidas por incidentes graves relacionados con las TIC y una sobre cooperación en materia se supervisión.

 

BIS, Basel Committee consults on principles for the sound management of third-party risk, julio 2024. El Comité de Basilea del Banco de Pagos Internacionales (BIS, por sus siglas en inglés) ha lanzado una consulta pública sobre los principios para la buena gestión de los riesgos de terceros.

Los bancos, con motivo de los continuos avances en digitalización, dependen cada vez más de terceros para la prestación de servicios que antes no realizaban. Esta mayor dependencia, aunada a la expansión de las cadenas de suministros, ha hecho necesario actualizar el Informe sobre Externalización en los servicios financieros del año 2005.

El objetivo de la consulta pública es recabar opiniones sobre doce principios que deben orientar a los bancos y supervisores en la gestión eficaz de los riesgos derivados de externalizar servicios con terceros. Estos principios introducen conceptos como el ciclo de vida de la subcontratación y han sido elaborados desde la perspectiva de neutralidad tecnológica por lo que, pueden adaptarse a nuevas tendencias tales como, la Inteligencia Artificial o la tecnología blockchain.

Estos principios complementarán y ampliarán el Informe 2023 sobre Mejora de la gestión del riesgo de terceros y de la supervisión. El plazo para remitir comentarios finalizará el próximo 9 de octubre de 2024.

BIS, Basel Committee publishes final disclosure framework for bank’s cryptoasset exposures and targeted amendments to its cryptoasset standard, julio 2024.  El Comité de Basilea ha aprobado dos documentos de gran importancia: un marco de comunicación sobre la exposición de los bancos a los criptoactivos y unas enmiendas al estándar de prudencia de los criptoactivos publicados en diciembre de 2022.

En lo que se refiere al marco de comunicación, el mismo incluye una serie de tablas y plantillas públicas que los bancos habrán de completar y publicar. Con ello se quiere mejorar la información disponible de las entidades financieras, tanto sobre las actividades que realizan relacionadas con criptoactivos, como sobre los requisitos de capital y liquidez en la exposición a este tipo de productos.

Por su parte, en cuanto a las enmiendas al estándar de prudencia de los criptoactivos, el objetivo principal es mejorar las directrices sobre monedas estables (stablecoins) y su calificación regulatoria como productos de “Grupo 1b”.

Ambas actualizaciones deberán ser implementadas por los bancos antes del 1 de enero de 2026.

 

Banco de España, El Banco de España publica el primer Compendio de Criterios de Buenas Prácticas Bancarias, junio 2024. El Banco de España (BdE) ha publicado un nuevo Compendio de Buenas Prácticas Bancarias. El objetivo de esta guía es recoger los estándares de actuación exigibles a las entidades supervisadas para asegurar que mantienen una relación responsable con sus clientes.

Normalmente, estos criterios se incluían en la Memoria de Reclamaciones del BdE. No obstante, la Institución ha decidido a partir de ahora publicar esta guía de forma independiente dada la intensificación en las labores de supervisión. De este modo, se conseguirá proporcionar una guía clara y actualizada en esta materia.

CNMV, La CNMV presenta su informe anual de 2023, julio 2024. La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha publicado su Informe Anual correspondiente al año 2023 en el que se repasa la evolución de la negociación, pecios y operaciones en los distintos instrumentos, así como la actividad de las infraestructuras de registro, compensación y liquidación.

El Informe se divide en tres partes, en la primera se analiza el entorno macroeconómico y la evolución de los mercados. La segunda se centra en la actuación de la CNMV, mientras que la tercera analiza los principales aspectos organizativos, económicos e institucionales.